(EDIUM (Editorial IDEARIUM de la Universidad de Mendoza), 1982) Massini, Carlos Ignacio
La verdad jurídica no puede definirse sino por su adecuación a la realidad de las cosas, e.d., a lo objetivamente debido, sea por ley natural o positiva. Luego, no es exigible la justicia de la voluntad, para alcanzar la verdad en el ámbito del derecho