Trabajo Final de Grado FCJS
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Trabajo final de la carrera de abogacía, seminario de escribanía y de procuración
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- ÍtemEl derecho de desistimiento en las compras a distancia(Universidad de Mendoza. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, 2022) Debes, María Sol; Campoy, GustavoEl derecho de desistimiento en los contratos de consumo, especialmente en el ámbito de las ventas a distancia y el comercio electrónico, constituye una de las garantías fundamentales para la tutela de los consumidores. Su importancia radica en que rompe de manera excepcional con el principio tradicional pacta sunt servanda, otorgando al comprador la potestad unilateral, discrecional y gratuita de extinguir el vínculo contractual sin necesidad de invocar una causa justa o sufrir penalizaciones. En la República Argentina, esta figura se encuentra articulada a través de un triple régimen compuesto por la Ley de Defensa al Consumidor (Ley 24.240), el artículo 42 de la Constitución Nacional y el Código Civil y Comercial de la Nación. Este entramado normativo fija un plazo legal y de caducidad de diez días corridos para que el consumidor ejerza su derecho a revocar la aceptación del bien o servicio. El ejercicio del desistimiento, validado también en entornos digitales mediante herramientas operativas como el "botón de arrepentimiento", produce efectos retroactivos obligando a la restitución recíproca y simultánea de las prestaciones. Asimismo, impone al proveedor la carga de asumir todos los gastos derivados de la devolución, consolidando el principio de gratuidad a favor de la parte estructuralmente más débil de la relación comercial.
- ÍtemLa problemática de los Contratos de consumo por la publicidad engañosa(Universidad de Mendoza. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, 2024) Sotelo Catalá, Marysol; Campoy, GustavoLa publicidad engañosa constituye una problemática central en los contratos de consumo, debido a que su configuración o la omisión de datos esenciales induce a error o engaño al consumidor sobre las cualidades, precio, origen o seguridad de un producto o servicio. Esta práctica vulnera de forma directa el derecho constitucional a una información veraz, transparente y adecuada, situando al usuario en una posición de extrema vulnerabilidad frente a las estrategias masivas de comercialización. En el ordenamiento jurídico de la República Argentina, este fenómeno se encuentra regulado y expresamente prohibido mediante un marco normativo integrado por la Ley de Defensa al Consumidor (Ley 24.240), el Código Civil y Comercial de la Nación y el régimen de Lealtad Comercial. Dichas normativas buscan prevenir los riesgos que estos anuncios falsos representan tanto para la economía como para la salud de las personas, obligando a los proveedores a ajustar sus pautas publicitarias a los principios de buena fe y exactitud. Ante la configuración de una publicidad engañosa, la legislación faculta al consumidor afectado a ejercer diversas acciones legales, que incluyen la posibilidad de exigir el cumplimiento forzado de lo efectivamente ofrecido, rescindir el contrato con restitución recíproca de las prestaciones o aceptar un bien equivalente. Asimismo, estas conductas ilícitas acarrean responsabilidad civil para los anunciantes, haciéndolos pasibles de severas sanciones administrativas y la obligación de reparar los daños y perjuicios ocasionados por el menoscabo al consentimiento contractual.